La comisión encargada de redactar el proyecto preliminar estaba integrada por Juan María Gutiérrez, Manuel Leiva, José Benjamín Gorostiaga, Pedro Díaz Colodrero, Martín Zapata, Salustiano Zavalía y Juan del Campillo. La actividad de Gutiérrez, un historiador e ingeniero que fue también rector de la Universidad de Buenos Aires, fue esencial y se estima que fue él quien estuvo a cargo de la redacción de la porción del texto constitucional titulada “Declaraciones derechos, y garantías”. El propio Juan Bautista Alberdi afirmó que Argentina ha tenido dos padres de la patria: San Martín, con el sable, y Gutiérrez, con la sabiduría.
La Ley Fundamental sancionada en Santa Fe constaba de un preámbulo y 107 artículos, divididos en 2 partes: “Declaraciones, Derechos y Garantías” y “Autoridades de la Nación”. Aquel texto adoptó las siguientes disposiciones:
Estableció la forma de gobierno representativa, republicana y federal.
Señaló como asiento de las autoridades a Buenos Aires, designada capital del país.
Dividió el gobierno en tres poderes: Legislativo (cámaras de Diputados y Senadores), Ejecutivo (desempeñado por el Presidente de la Nación) y Judicial (Corte Suprema y tribunales inferiores).
Estableció que no habría reelección inmediata.
Designó presidente para un período de seis años (1854-1860) a Justo José de Urquiza, y vicepresidente a Salvador María del Carril.En su siglo y medio de existencia, la Constitución Nacional, a la que está sometido todo el ordenamiento jurídico del país, fue objeto de ocho reformas, tres de ellas durante el siglo XIX y la última en 1994.
Silvia Pineda (M.Bibliotecaria)
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